Esta pensión está destinada a los familiares (cónyuges, convivientes e hijas/os) de trabajadoras y trabajadores esenciales fallecidos durante el ejercicio de sus tareas como consecuencia del COVID-19.
La pensión en cuestión es un pago mensual, de carácter vitalicio (de por vida), para los familiares de trabajadoras y trabajadores esenciales que hayan fallecido como consecuencia del COVID-19 (Ley N° 27.549).
El trabajador debe haber fallecido entre el 1 de marzo y el 30 de septiembre de 2020 como consecuencia del COVID-19, sin excepción, se requiere el certificado de defunción para corroborar esto.
El fallecido se tuvo que haber desempeñado en tareas presenciales durante el período 01/03/2020 y el 30/09/2020 dentro de algunos de los siguientes rubros:
* Personal de los sistemas de salud pública y privada
* Personal de las Fuerzas Armadas
* Personal de las Fuerzas de Seguridad
* Personal de la Actividad Migratoria
* Personal de la Actividad Aduanera
* Bomberos
* Recolectores de residuos domiciliarios
* Recolectores de residuos patogénicos
La pensión para los trabajadores fallecidos por COVID-19 que reciben los familiares es incompatible con cualquier otra prestación no contributiva de carácter nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Pueden solicitarla el esposo/a o conviviente, hijos menores a cargo del causante (hasta los 21 años, salvo en el caso de los discapacitados o aquellos con percepción de alimentos fijados, en cuya situación será hasta los 25 años) o las personas a cargo del trabajador fallecido.
El monto (haber mensual) a recibir será el equivalente a 2 haberes mínimos.
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